Liquidaciones de compra en odontología
Liquidaciones de compra en odontología: cuándo emitirlas y cómo evitar contingencias fiscales
La liquidación de compra es uno de los comprobantes electrónicos más mal utilizados en Ecuador. Su uso tiene un ámbito muy específico definido por el SRI, y emitirla fuera de ese ámbito constituye una infracción tributaria. En el contexto de una clínica dental, hay situaciones concretas en las que es el comprobante correcto y, si no se usa en ese momento, la clínica no podrá sustentar el gasto.
¿Qué es la liquidación de compra?
Es un comprobante electrónico que el comprador emite a nombre del vendedor, en lugar de que el vendedor emita la factura. La diferencia esencial con una factura es que es el comprador quien la genera, porque el vendedor no está en condición de hacerlo.
La Ley de Régimen Tributario Interno y el Reglamento de Comprobantes de Venta establecen que solo aplica en transacciones con personas naturales que no están obligadas a emitir comprobantes de venta.
Si la persona que te vende algo puede emitir factura (tiene RUC activo y obligación de facturar), la liquidación de compra no es el documento correcto. Debes pedirle su factura.
Casos en que aplica en una clínica dental
| Situación | ¿Aplica liquidación de compra? |
|---|---|
| Compra de plantas medicinales o hierbas a agricultores sin RUC | Sí |
| Pago a persona natural extranjera sin RUC por servicios ocasionales | Sí |
| Compra de artesanías o materiales a artesanos sin obligación de facturar | Sí |
| Pago a proveedor de insumos dentales con RUC activo | No — debe facturarte |
| Pago de honorarios a dentista con RUC | No — debe facturarte |
| Compra de equipos a empresa importadora | No — debe facturarte |
| Pago a técnico dental con RUC | No — debe facturarte |
| Pago a conferencista extranjero sin presencia fiscal en Ecuador | Sí, en ciertos casos |
¿Por qué es tan frecuente el mal uso?
El error más común es emitir liquidación de compra para justificar pagos a proveedores o colaboradores que simplemente "no quieren dar factura". Este es el uso incorrecto: el hecho de que el proveedor se niegue a facturar no habilita a la clínica a emitir liquidación de compra.
Obligaciones al emitir una liquidación de compra
Retención en la fuente obligatoria
Toda liquidación de compra genera obligación de retención en la fuente de Impuesto a la Renta. El porcentaje varía según el tipo de bien o servicio. Esta retención debe constar en el mismo documento o en comprobante de retención emitido de forma simultánea.
Transmisión inmediata al SRI
Desde enero 2026, la liquidación de compra —al ser un comprobante electrónico— debe transmitirse al SRI en el momento de emisión, sin demora.
Requisitos del comprobante
- Debe identificar claramente al vendedor: nombre completo y número de cédula
- Debe describir con precisión los bienes adquiridos o servicios recibidos
- Debe indicar el valor y la retención aplicada
- Requiere firma electrónica del emisor (la clínica)
¿Qué pasa si el gasto no tiene sustento válido?
En una clínica dental, todos los gastos operativos deben estar respaldados con el comprobante correcto para ser deducibles. Si se adquirió un bien o servicio y el comprobante emitido no corresponde (o no existe), ese gasto no es deducible, lo que incrementa la base imponible de Impuesto a la Renta.
Casos frecuentes de gastos sin sustento en odontología
- Pagos en efectivo a personas que realizan trabajos de mantenimiento "informales"
- Compra de materiales a revendedores ocasionales sin RUC
- Contratación de servicios de limpieza o mensajería a personas que no facturan
En estas situaciones, si la persona realmente no tiene obligación de emitir comprobante, la liquidación de compra es válida. Si la tiene, debes exigir la factura y si no la emite, es un problema del proveedor que no debe trasladarse a la clínica.
Preguntas frecuentes
¿Existe un monto mínimo para emitir liquidación de compra?
El reglamento no establece un monto mínimo para el uso de liquidaciones de compra. Sin embargo, para montos muy pequeños (compras de menos de $50), el SRI permite ciertas excepciones documentadas. Consulta el reglamento vigente para los límites exactos.
¿La liquidación de compra sustenta crédito tributario de IVA?
Solo si se aplica en las operaciones permitidas. En la mayoría de los casos de liquidación de compra, el vendedor no cobra IVA porque no está en el régimen correspondiente, por lo que no hay IVA para sustentar como crédito.
¿Puedo emitir liquidación de compra a un dentista extranjero que visitó mi clínica como conferencista?
Depende de si esa persona tiene o no presencia fiscal en Ecuador. Si es un servicio ocasional prestado por alguien sin RUC ecuatoriano, puede aplicar liquidación de compra. Es un caso que conviene consultar con un asesor tributario para documentar correctamente.
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